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⚖️ ¿Cuánto se puede embargar del sueldo? Diferencias entre los procedimientos penales y civiles
➡️ Cómo proteger tus derechos ante un embargo de sueldo

🧭 Introducción: lo que la ley permite embargar (y lo que no)
El embargo del sueldo es una de las medidas más frecuentes para asegurar el cumplimiento de una deuda. Sin embargo, no todo salario es embargable. La ley protege una parte mínima —el Salario Mínimo Interprofesional (SMI)— y establece una escala progresiva para el exceso.
Además, las reglas varían si el embargo proviene de un procedimiento civil o de una sentencia penal con responsabilidad civil.
En este artículo analizamos, de forma clara y rigurosa:
- Cuánto puede embargarse del salario según la Ley de Enjuiciamiento Civil (art. 607 LEC).
- Cómo opera el embargo de sueldo en un proceso penal.
- Las diferencias prácticas entre ambos procedimientos.
- Y qué puede hacer el afectado ante un embargo incorrecto.
⚖️ 1. Embargo del sueldo en el procedimiento civil
Principio general: el salario mínimo es inembargable. El artículo 607 de la LEC establece que el salario que no supere el SMI es absolutamente inembargable.
Por tanto, solo puede retenerse la parte del sueldo que exceda de ese mínimo legal.
Ejemplo:
Si el SMI es de 1.134 € y el trabajador cobra 2.000 €, solo podrán embargarse cantidades sobre los 866 € que superan el SMI.
1.2. Ecala progresiva de embargo
El mismo artículo fija los siguientes tramos:
TRAMO SALARIAL | PORCENTAJE EMBARGABLE SOBRE EL EXCESO |
---|---|
DESDE EL SMI HASTA EL DOBLE | 30 % |
DESDE EL DOBLE DEL SMI HASTA EL TRIPLE | 50 % |
DESDE EL TRIPLE DEL SMI HASTA EL CUADRUPLE | 60 % |
DESDE EL CUADRUPLE DEL SMI HASTA EL QUINTUPLE | 75 % |
DESDE EL QUINTUPLE DEL SMI EN ADELANTE | 90 % |
Además:
- Si existen cargas familiares, el juez puede reducir los porcentajes.
- Si el deudor percibe varios ingresos, se suman todos para calcular el límite.
- Indemnizaciones o bonus también pueden ser objeto de embargo.
1.2 Procedimiento de embargo en el ámbito civil
- Existencia de título ejecutivo (sentencia, laudo o reconocimiento de deuda).
- Diligencia de embargo despachada por el Juzgado.
- Notificación al empleador, que actúa como retenedor.
- Ingreso periódico en cuenta judicial de las cantidades embargadas.
- Derecho de oposición del deudor en caso de error o exceso.
El cálculo debe ajustarse estrictamente a los porcentajes del art. 607 LEC. Cualquier embargo superior al permitido es impugnable.
⚖️ 2. Embargo del sueldo en el procedimiento penal
2.1. Aplicación supletoria de la LEC
Cuando una sentencia penal condena al pago de una responsabilidad civil (por ejemplo, indemnización a la víctima), el embargo del sueldo se rige por las mismas reglas del art. 607 LEC, salvo que la ley penal disponga otra cosa.
El objetivo no es sancionar, sino
asegurar la reparación del daño causado.
2.2. Particularidades del embargo penal
- Prioridad del crédito: la responsabilidad civil derivada del delito puede tener preferencia sobre otras deudas.
- Ingresos penitenciarios: si el condenado está en prisión y percibe retribuciones, pueden embargarse parcialmente para el pago de la indemnización.
- Ejemplos reales: Audiencias Provinciales, como la de Sevilla, han ordenado el embargo de salarios penitenciarios para garantizar la reparación a las víctimas.
- Flexibilidad limitada: aunque algunos tribunales valoran excepciones, en principio se respeta el mínimo inembargable del SMI.
2.3. Procedimiento en la ejecución penal
- Sentencia penal firme con condena a responsabilidad civil.
- Inicio de ejecución por el Juzgado de lo Penal.
- Diligencias de embargo sobre los bienes del condenado (incluido su salario).
- Aplicación de límites del art. 607 LEC.
- Posible prelación frente a embargos fiscales o civiles previos.
⚖️ 3. Casos especiales:
- En ejecuciones de responsabilidad civil por impago de pensiones alimenticias derivadas de sentencia penal, algunos tribunales pueden ordenar embargos más agresivos, incluso superando los límites normales del art. 607.
- En la práctica, se han planteado debates sobre si, en casos de condenas penales, cabe vulnerar el mínimo inembargable en situaciones excepcionales (por ejemplo, para asegurar la reparación a la víctima). Pero la doctrina dominante tiende a respetar los límites del art. 607 salvo que esté expresamente permitido por ley o por la propia resolución penal.
⚖️ 4. Conclusión: proteger derechos y cumplir obligaciones
El embargo del sueldo tiene límites claros.
Ni la Administración ni los tribunales pueden retener más de lo legalmente permitido.
Tanto en el ámbito civil como penal, el art. 607 LEC protege al deudor garantizando un mínimo vital inembargable, pero sin impedir el cumplimiento de las responsabilidades.
En resumen:
- El SMI es intocable.
- El exceso se embarga por tramos.
- Los embargos penales respetan las mismas reglas, aunque pueden tener prioridad.
- Todo embargo indebido puede impugnarse.
- Siempre es recomendable comprobar que el embargo se haya calculado correctamente y, si procede, presentar oposición o impugnación ante errores en el cálculo o vulneración de los mínimos protegidos.
- En casos de múltiples embargos, hay que asegurarse de no superar el límite legal total derivado del art. 607.
En M&G Abogados
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Si tu sueldo ha sido embargado
—o temes que pueda serlo—, podemos revisar el cálculo, comprobar la legalidad de la retención y actuar ante el Juzgado correspondiente.