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Diferencia entre delito de atentado y resistencia a la autoridad | M&G Abogados Salamanca

Javier Martin Garcia • 6 de octubre de 2025

¿Sabes cuándo una actuación frente a un agente de la autoridad se considera delito de atentado y cuándo resistencia? Desde M&G Abogados, despacho penalista en Salamanca, te explicamos las claves para entender las diferencias y sus consecuencias legales.

🧑‍⚖️ Diferencia entre el delito de atentado y el delito de resistencia | Abogado Penalista en Salamanca

En el ámbito del Derecho Penal español, es frecuente que surjan dudas entre el delito de atentado contra la autoridad y el delito de resistencia o desobediencia. Aunque ambos protegen el principio de autoridad, las consecuencias jurídicas y la gravedad de las pena s son muy distintas.


En este artículo, desde M&G Abogados Salamanca, despacho especializado en Derecho Penal en Salamanca, te explicamos de forma clara cuáles son las diferencias y qué debes saber si te ves implicado en alguno de estos delitos.


🔹 ¿Qué es el delito de atentado contra la autoridad?

El delito de atentado se encuentra regulado en el artículo 550 del Código Penal.
Comete este delito quien agrede o emplea fuerza o violencia grave contra una autoridad, sus agentes o funcionarios públicos cuando están en el ejercicio de sus funciones o con ocasión de ellas.


👉 Ejemplo: agredir físicamente a un agente de policía durante una detención o lanzar objetos peligrosos contra él.


Pena:

  • Prisión de 1 a 4 años y multa de 3 a 6 meses si la víctima es un agente de la autoridad.
  • Prisión de 4 a 6 años si la víctima es una autoridad (como un juez, fiscal o miembro del gobierno).


En estos casos, el abogado penalista debe analizar si la acción constituye realmente un atentado o si podría calificarse como una conducta de menor gravedad, recomendamos contar con un especialista porque la diferencia puede ser un matiz con importantes consecuencias.


🔹¿Qué es el delito de resistencia o desobediencia?

Por su parte, el delito de resistencia está regulado en el artículo 556 del Código Penal.
Consiste en oponerse de forma activa pero sin violencia grave a la autoridad o a sus agentes cuando estos actúan en el ejercicio de sus funciones.

👉 Ejemplo: negarse de forma agresiva a ser identificado o empujones leves a un agente sin causar lesiones.


Pena:

  • Prisión de 3 meses a 1 año o multa de 6 a 18 meses.


Si la conducta se limita a una desobediencia leve, se considera una infracción administrativa, sancionada por la Ley de Seguridad Ciudadana (Ley Mordaza), no un delito.



Aspecto Delito de Atentado Delito de Resistencia
Norma aplicable Art. 550 CP Art. 556 CP
Conducta Violencia o agresión grave contra la autoridad Oposición o resistencia sin violencia grave
Bien jurídico protegido Autoridad y orden público Autoridad y cumplimiento del deber
Gravedad Delito grave Delito menos grave
pena 1 a 4 años de prisión (o más) 3 meses a 1 año de prisión o multa

👩‍💼 ¿Por qué es importante contar con un abogado penalista en Salamanca?

Tanto el delito de atentado como el de resistencia a la autoridad pueden derivar en antecedentes penales y graves consecuencias personales y laborales.


Por eso, contar con un abogado penalista en Salamanca con experiencia en derecho penal es fundamental para:

  • Analizar la legalidad de la actuación policial.
  • Estudiar si hubo realmente violencia o solo resistencia pasiva.
  • Negociar una posible reducción de pena o conformidad judicial.
  • Defender eficazmente tus derechos en juicio.


En M&G Abogados Salamanca te ofrecemos una defensa penal personalizada, adaptada a tu caso, con transparencia y compromiso.


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Si estás siendo investigado o acusado por un delito de atentado o resistencia a la autoridad, contacta con nosotros.
En M&G Abogados Salamanca te asesoramos desde el primer momento para proteger tus derechos y diseñar la mejor estrategia de defensa.





M&G Abogados Salamanca – Especialistas en Derecho Penal y Defensa Penal.


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