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Diferencia entre delito de atentado y resistencia a la autoridad | M&G Abogados Salamanca
¿Sabes cuándo una actuación frente a un agente de la autoridad se considera delito de atentado y cuándo resistencia? Desde M&G Abogados, despacho penalista en Salamanca, te explicamos las claves para entender las diferencias y sus consecuencias legales.

🧑⚖️ Diferencia entre el delito de atentado y el delito de resistencia | Abogado Penalista en Salamanca
En el ámbito del Derecho Penal español, es frecuente que surjan dudas entre el delito de atentado contra la autoridad y el delito de resistencia o desobediencia. Aunque ambos protegen el principio de autoridad, las consecuencias jurídicas y la gravedad de las pena s son muy distintas.
En este artículo, desde M&G Abogados Salamanca, despacho especializado en Derecho Penal en Salamanca, te explicamos de forma clara cuáles son las diferencias y qué debes saber si te ves implicado en alguno de estos delitos.
🔹 ¿Qué es el delito de atentado contra la autoridad?
El delito de atentado se encuentra regulado en el
artículo 550 del Código Penal.
Comete este delito quien agrede o emplea fuerza o violencia grave contra una autoridad, sus agentes o funcionarios públicos cuando están en el ejercicio de sus funciones o con ocasión de ellas.
👉 Ejemplo: agredir físicamente a un agente de policía durante una detención o lanzar objetos peligrosos contra él.
Pena:
- Prisión de 1 a 4 años y multa de 3 a 6 meses si la víctima es un agente de la autoridad.
- Prisión de 4 a 6 años si la víctima es una autoridad (como un juez, fiscal o miembro del gobierno).
En estos casos, el abogado penalista debe analizar si la acción constituye realmente un atentado o si podría calificarse como una conducta de menor gravedad, recomendamos contar con un especialista porque la diferencia puede ser un matiz con importantes consecuencias.
🔹¿Qué es el delito de resistencia o desobediencia?
Por su parte, el delito de resistencia está regulado en el
artículo 556 del Código Penal.
Consiste en oponerse de forma activa pero sin violencia grave a la autoridad o a sus agentes cuando estos actúan en el ejercicio de sus funciones.
👉 Ejemplo: negarse de forma agresiva a ser identificado o empujones leves a un agente sin causar lesiones.
Pena:
- Prisión de 3 meses a 1 año o multa de 6 a 18 meses.
Si la conducta se limita a una desobediencia leve, se considera una infracción administrativa, sancionada por la Ley de Seguridad Ciudadana (Ley Mordaza), no un delito.
Aspecto | Delito de Atentado | Delito de Resistencia |
---|---|---|
Norma aplicable | Art. 550 CP | Art. 556 CP |
Conducta | Violencia o agresión grave contra la autoridad | Oposición o resistencia sin violencia grave |
Bien jurídico protegido | Autoridad y orden público | Autoridad y cumplimiento del deber |
Gravedad | Delito grave | Delito menos grave |
pena | 1 a 4 años de prisión (o más) | 3 meses a 1 año de prisión o multa |
👩💼 ¿Por qué es importante contar con un abogado penalista en Salamanca?
Tanto el delito de atentado como el de resistencia a la autoridad pueden derivar en antecedentes penales y graves consecuencias personales y laborales.
Por eso, contar con un abogado penalista en Salamanca con experiencia en derecho penal es fundamental para:
- Analizar la legalidad de la actuación policial.
- Estudiar si hubo realmente violencia o solo resistencia pasiva.
- Negociar una posible reducción de pena o conformidad judicial.
- Defender eficazmente tus derechos en juicio.
En M&G Abogados Salamanca te ofrecemos una defensa penal personalizada, adaptada a tu caso, con transparencia y compromiso.
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En M&G Abogados Salamanca te asesoramos desde el primer momento para proteger tus derechos y diseñar la mejor estrategia de defensa.
M&G Abogados Salamanca – Especialistas en Derecho Penal y Defensa Penal.